jueves, 24 de septiembre de 2015

sociedad (derechos humanos)



Esc. Preparatoria no.1 del Edo.
Materia: Taller de redacción

Tema: Derechos Humanos
Grado: 1ero                                                           Grupo: “C”













 ¿Qué son los derechos humanos? 
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.



Importancia de los Derechos Humanos:

La simple condición de pertenecer a la raza humana nos otorga una serie de derechos y libertades que deben ser cuidados y respetados por todos y todas, en todo el Mundo por igual. Estos son Los Derechos Humanos, como el derecho a la vida, la libertad, la seguridad de la persona, o la protección ante la discriminación, entre otros.


La persona humana es el sujeto central del proceso de desarrollo, toda política de desarrollo debe por ello considerar al ser humano como participante y beneficiario principal de éste.
Después de la Segunda Guerra Mundial, uno de los conflictos más destructivos en toda la historia de la humanidad, la comunidad internacional se reunió para reafirmar su compromiso con los derechos humanos, aprobando la Declaración Universal de Derechos Humanos. Esta carta se proclamó el 10 de diciembre de 1948 y fundamenta que los derechos y libertades son esenciales para la dignidad humana como norma común en toda sociedad. Asimismo, marca las reglas y proporciona recomendaciones para que todos los países protejan los derechos humanos de sus ciudadanos, fundamentando que el respeto a éstos sea la base de la libertad, la justicia y la paz en el mundo.
El “fenómeno” de los derechos humanos impactó en América Latina mediante la adopción de instrumentos como la Convención Americana de Derechos Humanos y la creación de instituciones tales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En México, se creó la Comisión Nacional de Derechos Humanos en 1992, siendo, sin duda, el inicio de un gran camino que sentó las bases para combatir la desigualdad, la corrupción, y la violencia en el país.
Actualmente, la pobreza en el mundo priva a millones de personas de sus derechos fundamentales. A su vez, las sociedades carecen de la contribución de esas personas. Para lograr el progreso sostenible en una nación, es necesario reconocer en primer lugar la interdependencia entre el respeto de los derechos humanos y el desarrollo.
A fines de la década de los noventa y como consecuencia de la Conferencia Mundial de los Derechos Humanos en Viena celebrada en el año de 1993, la Comunidad Internacional comenzó a percibir la necesidad de integrar los derechos humanos al desarrollo de las naciones. La Declaración de Viena afirma que: “La persona humana es el sujeto central del proceso de desarrollo y que toda política de desarrollo debe por ello considerar al ser humano como participante y beneficiario principal del desarrollo. En el plano nacional es responsabilidad de los Estados garantizar para todos el acceso a los recursos básicos, la educación, los servicios de salud, los alimentos, la vivienda, el empleo y la justa distribución de los ingresos.”
En la actualidad, todos debemos de ser vigilantes de los derechos humanos, a los cuales todos accedemos por el simple hecho de nacer, sin importar raza, religión, nivel socioeconómico o nacionalidad. Aunado a lo anterior, el progreso duradero de cualquier nación depende del respeto de los derechos humanos y de la participación efectiva de los ciudadanos en los asuntos públicos, ya que éstos derivan en un mejoramiento sustentable del bienestar económico, social y político de todos los individuos y pueblos.
La defensa de los derechos humanos es una invitación a la acción colectiva, un compromiso con la transformación social que va más allá de los derechos civiles y políticos. El desafío es construir lazos sociales, redefiniendo las relaciones entre los actores y creando instituciones que los sostengan y promuevan.
Es decir, se considera desarrollo humano al conjunto de dimensiones, condiciones y principios que se establecen en el marco de las libertades civiles y que consideran a los individuos como protagonistas de su desarrollo. Sin duda, se concibe al desarrollo humano como un proceso de la gente, por la gente y para la gente. En este sentido, las claves del mismo son: equidad, participación, seguridad, gobernabilidad y sustentabilidad, las cuales implican una sociedad participativa con un Estado activo.
Desde el inicio del siglo pasado, la idea del desarrollo se ha ido transformando, partiendo de un modelo que centraba el desarrollo en el crecimiento económico lineal y ascendente, hasta la actual concepción que contempla multiplicidad de variables que refieren a lo humano y considera a la persona como núcleo central en su definición.
El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), define el desarrollo humano como: “Un proceso mediante el cual se amplían las oportunidades de los individuos, las más importantes de las cuales son una vida prolongada y saludable, acceso a la educación y el disfrute de un nivel de vida decente. Otras oportunidades incluyen la libertad política, la garantía de los derechos humanos y el respeto a sí mismo.”
“El desarrollo no es sólo caminos, puentes y hospitales, sino además esfera pública, como espacio de encuentro de las culturas que se enriquecen mutuamente, intercambiando valores y expresiones en pos del cambio social”.
Germán Rey


INSTITUCIONES QUE PROTEGEN LOS DERECHOS HUMANOS



De acuerdo con la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos, estas son algunas de estas instituciones.

• Personerías municipales. El personero es el representante de la comunidad, encargado de ejercer la defensa de los Derechos Humanos. Recibe las quejas que le presente cualquier persona sobre situaciones violatorias de Derechos Humanos. Informa inmediatamente a las autoridades sobre los hechos ocurridos e inicia la acción correspondiente ante la justicia.

• Defensoría del Pueblo. Es la entidad encargada de defender y promoverlos Derechos Humanos de todos los ciudadanos. Está adscrita al Ministerio Público y por lo tanto hace parte de los organismos de control del Estado. Cualquier persona puede presentar ante ella solicitudes y quejas sobre violaciones y amenazas a sus derechos o los de la comunidad.

• Procuraduría General de la Nación. Es la entidad encargada de vigilar que se cumpla la Constitución, se apliquen las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos. Debe velar por los Derechos Humanos y defender los intereses de la sociedad, incluyendo los de carácter colectivo, como los que se refieren al medio ambiente. Así mismo, la procuraduría vigila la conducta oficial de los funcionarios públicos, inclusive los de elección popular, como alcaldes y concejales. Tiene el deber de investigar y sancionar disciplinariamente a aquellos funcionarios que incumplan la Constitución y las leyes.

• Contraloría General de la Nación. Vigila la gestión de los dineros públicos por parte de los funcionarios públicos y de los particulares que manejan fondos o bienes de la nación.


Organizaciones no gubernamentales (ONG)
Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los derechos para todos”: coordina el trabajo de 47 organismos civiles de derechos humanos.
Academia Mexicana de Derechos Humanos.
Centro de Derechos Humanos “Fray Bartolomé de las Casas: San Cristóbal de las Casas, Chiapas.
Acción pro Educación en Derechos Humanos A.C.
Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria O.P.” A.C.
Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez – PRODH: organismo Jesuita.
Centro de Estudios Fronterizos y de Promoción de los Derechos Humanos A.C.
Centro de Investigaciones Económicas y Políticas de Acción.

Todo hombre y mujer por el hecho de tener la condición de humano tiene derecho a:
             A la vida
             A la integridad personal física, psíquica y moral.
             A la libertad personal.
             A peticionar ante las autoridades.
             A la libertad de expresión.
             A la protección de la libertad de conciencia y de religión.
             A reunirse libremente y a asociarse.
             A la identidad y la nacionalidad.
             A la propiedad privada.
             A circular y a residir en el territorio de un Estado.
             A un juicio justo en un plazo razonable ante un tribunal objetivo, independiente e     imparcial y a la doble instancia judicial.
             A la presunción de inocencia.
             A la defensa.
             A no ser discriminado.
             A trabajar.
             A la salud.
             A la cultura.
             A la protección y asistencia familiar.
             A la asistencia de niños y adolescentes.
             A recibir protección y asistencia durante el embarazo y parto.
             A una alimentación, vestido y vivienda adecuadas.
             A la educación pública y gratuita en todos los niveles de enseñanza.
             A un medio ambiente sano y equilibrado.
             A la autodeterminación de los pueblos.
             A la protección de su salud, seguridad e intereses económicos y a una información adecuada y veraz en relación al consumo y uso de bienes y servicios
             A vivir en paz.
             Al desarrollo humano económico y social sostenible.
Sin embargo en la actualidad todavía se cometen graves violaciones contra los derechos humanos y libertades principales y fundamentales para la humanidad, poniendo en riesgo los valores y la dignidad de las personas, según estudios realizados los países subdesarrollados son los que proporcionan un mayor índice de violaciones a los derechos humanos, haciendo notar la falta conocimiento de los mismos, así como el poco interés por las autoridades correspondientes.
Pero también existen muchos avances realizados en la lucha del respeto de unos a otros, promoviéndola mediante la enseñanza temprana y campañas educativas y sobre todo volviéndolos parte de la cultura, aunque sabemos que todavía existe un largo camino para erradicar las violaciones contra los derechos humanos, y el compromiso de todos y todas debe ser prioridad para ofrecer un futuro mejor a las próximas generaciones.


El derecho fundamental de la ciudadanía  que garantiza la dignidad humana y se encuentra contenida en la constitución. El respeto a los derechos humanos debe convertirse en una prioridad de todos, pes la mayor parte de estos derechos se ejercen gracias al esfuerzo y la organización de las personas, grupos e instituciones. Cada persona además de conocer y exigir el cumplimiento de sus derechos, debe respetar y solidarizarse con los derechos de los demás. Reciprocidad, igualdad y trato justo son los valores que deben expresarse en actitudes cotidianas en una sociedad.
La dignidad es el valor que toda persona posee por pertenecer  a la humanidad. En la democracia el respeto a los derechos propios y de los demás están respaldados por el principio  de legalidad. Éste plantea que una sociedad democrática las leyes protegen los derechos humanos y se aplican de manera justa, es decir, consideran las condiciones de todos para  compensar las desventajas y evitar su aplicación injusta.
Podría decirse que la Carta Magna o la “Gran Carta”, fue la influencia primitiva más significativa en el extenso proceso histórico que condujo a la ley constitucional actual en el mundo de habla inglesa.
En 1215, después de que el rey Juan de Inglaterra violara un número de leyes y tradiciones antiguas con que se había gobernado Inglaterra, sus súbditos lo forzaron a firmar la Carta Magna, la cual enumera lo que después vino a ser considerado como los derechos humanos. Entre ellos estaba el derecho de la iglesia a estar libre de la intervención del gobierno, los derechos de todos los ciudadanos libres a poseer y heredar propiedades y que se les protegiera de impuestos excesivos. Estableció el derecho de las viudas que poseían propiedades para decidir no volver a casarse, y establece principios de garantías legales e igualdad ante la ley. También contenía disposiciones que prohibían el soborno y la mala conducta de los funcionarios.
Considerada ampliamente como uno de los documentos legales más importantes en el desarrollo de la democracia moderna, la Carta Magna fue un punto de cambio crucial en la lucha por la libertad.
La Petición del Derecho (1628)
Descripción: En 1628 el Parlamento Inglés envió esta declaración de libertades civiles al Rey Carlos I.
En 1628 el Parlamento Inglés envió esta declaración de libertades civiles al Rey Carlos I.
El siguiente hito reconocido en el desarrollo de los derechos humanos fue la Petición del Derecho, producida en 1628 por el Parlamento Inglés y enviada a Carlos I como una declaración de libertades civiles. El rechazo del Parlamento para financiar la impopular política externa del rey, causó que su gobierno exigiera prestamos forzosos y que tuvieran que  acuartelar las tropas en las casas de los súbditos como una medida económica. El arresto y encarcelamiento arbitrarios por oponerse a estas políticas, produjo en el Parlamento una hostilidad violenta hacia Carlos y George Villiers, el primer duque de Buckingham. La Petición del Derecho, iniciada por Sir Edward Coke, se basó en estatutos y documentos oficiales anteriores y hace valer cuatro principios: (1) No se podrá recaudar ningún impuesto sin el consentimiento del Parlamento. (2) No se puede encarcelar a ningún súbdito sin una causa probada (reafirmación del derecho de habeas corpus), (3) A ningún soldado se le puede acuartelar debido a su ciudadanía, y (4) No puede usarse la ley marcial en tiempos de paz.
La Segunda Guerra Mundial había avanzado violentamente de 1939 a 1945, y al aproximarse el fin, las ciudades de toda Europa y Asia yacían en ruinas humeantes. Millones de personas murieron, millones más quedaron sin hogar o morían de hambre. Las fuerzas rusas se acercaban, rodeando los restos de la resistencia alemana en la bombardeada capital de Alemania, Berlín. En el Pacífico, la infantería de Marina de los Estados Unidos todavía estaban luchando contra las fuerzas japonesas atrincheradas en islas como Okinawa.
En abril de 1945, delegados de cincuenta naciones se reunieron en San Francisco, llenos de optimismo y esperanza. La meta de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional era crear un organismo internacional para promover la paz y evitar guerras futuras. Los ideales de la organización se establecieron en el preámbulo al Acta constitutiva que propusieron: “Nosotros, la gente de las Naciones Unidas, estamos decididos a proteger a las generaciones venideras del azote de la guerra, la cual dos veces en nuestra vida ha producido un sufrimiento incalculable a la humanidad”.
El Acta Constitutiva de la nueva organización de las Naciones Unidas entró en vigencia el 24 de octubre de 1945, fecha que se celebra cada año como Día de las Naciones Unidas.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)

La Declaración Universal de Derechos Humanos ha inspirado a muchas otras leyes y tratados sobre los derechos humanos por todo el mundo.
Para 1948, la nueva Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se había apoderado de la atención mundial. Bajo la presidencia dinámica de Eleanor Roosevelt (viuda del presidente Franklin Roosevelt, defensora de los derechos humanos por derecho propio y delegada de Estados Unidos ante la ONU), la Comisión se dispuso a redactar el documento que se convirtió en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Roosevelt, a quien se atribuyó la inspiración del documento, se refirió a la Declaración como la Carta Magna internacional para toda la humanidad. Fue adoptada por las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948.
En su preámbulo y en el Artículo 1, la Declaración proclama, sin lugar a equivocaciones, los derechos inherentes a todos los seres humanos: “La ignorancia y el desprecio de los derechos humanos han resultado en actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y la llegada de un mundo donde los seres humanos gocen de libertad de expresión y creencia y sean libres del miedo y la miseria se ha proclamado como la más alta aspiración de la gente común... Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.
Los países miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a trabajar juntos para promover los 30 Artículos de los derechos humanos que, por primera vez en la historia, se habían reunido y sistematizado en un solo documento. En consecuencia, muchos de estos derechos, en diferentes formas, en la actualidad son parte de las leyes constitucionales de las naciones democráticas.






Bibliografía:

www.wikipedia.org/institucionesqueprotueguenlosdeechoshumanos

Para màs información  http://www.bcn.cl/ecivica/noconv fecha de consulta 16 de septiembre de 2015.
Libro de formación cívica y ética de los autores Marìa Eugenia Luna Elizarraràs, Marìa Guadalupe Alonso Aguirre, Marìa Guadalupe Espinoza Chàvez. Pag. 16, 26, 40, 48, 86, 94, 157 y 168. Fecha de consulta 16 de septiembre de 2015.
 Consulte para màs información http://definicion.de/sociedad/ fecha de consulta 16 de septiembre de 2015.
Consulte para mas información http://www.aporrea.org/ideologia/a39452.html fuente consultada el 16 de septiembre de 2015.





1 comentario:

  1. Excelente blog y muy buena ayuda para las personas que nos dedicamos a la administracion de fincas para ir poco a poco consiguiendo mejoras en nuestros servicios

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